Artículo 1
Los presentes Estatutos de la denominada “ASOCIACION NACIONAL DE FOMENTO DEL ENTRETENIMENTO DIGITAL”, en lo sucesivo ANFED, han sido redactados de conformidad con lo establecido en Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Dicha asociación sin ánimo de lucro se regirá por la citada Ley de Asociaciones, por los presentes Estatutos, por los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gobierno, siempre que no sean contrarios a dicha Ley o a sus Estatutos y por las disposiciones reglamentarias que apruebe el Gobierno Español, que solamente tendrán carácter supletorio.
Artículo 2
La ANFED tendrá plena capacidad jurídica para adquirir, enajenar y poseer toda clase de bienes. Podrá federarse, asociarse o fusionarse, para el mejor cumplimiento de sus fines, con otras Entidades de ámbito español, europeo o internacional.
Artículo 3
La ANFED se constituye por tiempo indefinido y dará comienzo a sus operaciones en el momento en que se halle inscrita en el Registro Público correspondiente.
Artículo 4
La ANFED tendrá su domicilio social en C/Pizarro 14, 3º3, Esc. Drcha, 28902, Getafe, Madrid.
La ANFED podrá establecer delegaciones dentro del territorio español o fuera de él por acuerdo de la Asamblea General. El cambio de domicilio social y el de las delegaciones deberán ser acordados, asimismo, por la Asamblea General, quien lo comunicará al Registro de Asociaciones.
Artículo 5
La ANFED establece como sus fines:
- Impulsar y fomentar el consumo de entretenimiento digital y videojuegos en las mejores condiciones en el ámbito nacional.
- La creación de criterios unificados para la realización de eventos en este ámbito y asesorar y orientar a los asociados y entidades colaboradoras.
- Fomentar el desarrollo de eventos de acuerdo con las Normas de la Asociación, así como el desarrollo de actividades y competiciones para la participación activa de los asociados.
- Promover la inclusión del entretenimiento digital en procesos laborales y educativos mediante la gamificación u otras formas que permitan su introducción y desarrollo.
- Favorecer el contacto entre todas las partes vinculadas al entretenimiento digital; la industria, desarrolladores, consumidores, medios de comunicación especializados, emprendedores, entidades educativas o de prevención y fomento de la salud, entes solidarios y cualquier otra persona, entidad o colectivo que pueda tener relación con los objetivos de la Asociación.
- Dar cabida a todo aquel que consuma entretenimiento digital en cualquiera de sus manifestaciones: videojuegos, juegos en navegador, en redes sociales o a través de cualquier dispositivo tecnológico, etc.
- Acercar al público general los videojuegos como forma cultural y artística.
- Ser un punto de encuentro entre personas interesadas en los videojuegos y facilitar el intercambio de conocimientos entre estos.
- Crear directorios y compilar información para facilitar a todas las personas el acceso a la información sobre cualquier tema vinculado al entretenimiento digital.
- Incentivar el desarrollo ético de los videojuegos.
- Favorecer la creación de videojuegos como instrumento pedagógico y de fomento de la integración de colectivos desfavorecidos.
- Facilitar la creación de eventos de los asociados mediante los recursos de la asociación.
- Ayudar y orientar a los asociados para la generación de oportunidades en el mercado de trabajo, ya sea en procesos de búsqueda de empleo, autoempleo o emprendimiento.
- Colaborar con asociaciones, centros educativos, publicaciones y entes públicos o privados con intereses afines.
En relación con este objeto social, la ANFED llevará a cabo, entre otras, las acciones siguientes:
- Regular y certificar las actividades competitivas que se realizan mediante la señalización de las reglas esenciales de cada juego y/o modalidad.
- Certificar y regular la organización de eventos de los asociados, dentro de este ámbito mediante la señalización de los parámetros mínimos necesarios a nivel de infraestructura, montaje y/o cualquier detalle organizativo.
- Organizar actividades de fomento del entretenimiento digital (talleres, ferias, salones, congresos, ponencias, master-class, ligas y competiciones…) en ámbito online o presencial.
- Gestionar campeonatos locales, provinciales, autonómicos, nacionales e internacionales si se diera el caso dentro de los sectores que se integran en el entretenimiento digital.
- Expedir carnets de socios y licencias.
- Participar de forma activa a nivel informativo en eventos creados por terceros para dar a conocer la asociación y sus fines.
- Impulsar la puesta en marcha de Grupos de Trabajo o Comités para el estudio de la situación del sector del entretenimiento digital y evaluar las necesidades que en el mismo se pudieran detectar, a fin de definir los mecanismos necesarios de interacción entre los distintos agentes intervinientes, a fin de solventarlas.
- Realizar proyectos y estudios de investigación dirigidos a profundizar en el diagnóstico de la situación de la Industria del entrenamiento en el ámbito regional, nacional e internacional para la creación de una base de conocimientos que se pondrá a disposición de los agentes del sector.
- Transferir conocimientos y facilitar la explotación de los resultados de la investigación y su aprovechamiento por los miembros de la Asociación y la sociedad en general.
- Establecer convenios de colaboración que redunden en el cumplimiento de sus fines con otros centros, entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales o sus departamentos, servicios, facultades y, en general, cualesquiera de las subdivisiones de las mismas, sea cual sea su forma jurídica.
- Difundir los resultados de sus actividades.
- Ejercer la potestad disciplinaria.
Artículo 6
La ANFED desarrollará sus funciones principalmente en España y en el ámbito de la Unión Europea.